Resguardo de Derechos

Inmigrantes

En Chile viven más de 200 mil ciudadanos extranjeros provenientes, en su mayoría, de Perú, Argentina y Bolivia. Nuestra constitución garantiza el acceso a la educación de todos los niños, niñas y jóvenes que residen en nuestro territorio. Por lo tanto, los niños, niñas y jóvenes inmigrantes tienen el derecho a ingresar, permanecer y progresar en el sistema escolar nacional.

El hecho de provenir de otro país o no tener los padres regularizada su residencia en el país, no puede ser causal de negación de la matrícula.

Cualquier forma de discriminación en contra de los(as) estudiantes inmigrantes es contraria al principio de igualdad, debiéndose promover siempre en los establecimientos educacionales el respeto por aquellos alumnos(as) que provienen de otros países.

Facilidades que se debe entregar a los(as) alumnos(as) inmigrantes para poder ingresar, a la brevedad, al sistema escolar

  • Los(as) alumnos(as) deberán ser aceptados y matriculados provisionalmente en los establecimientos educacionales.
  • Mientras el alumno se encuentre con “matrícula provisoria” se considerará como alumno regular para todos los efectos académicos, curriculares y legales, teniendo el sostenedor derecho a la subvención correspondiente.
  • Se sugiere a los directores de los establecimientos educacionales flexibilizar los requisitos de asistencia, durante el primer año de incorporación al sistema escolar.