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Reseña Histórica

En 1991, el MINEDUC emitió la Circular Nº 247 donde se estableció un nuevo procedimiento a seguir para los casos de estudiantes madres o embarazadas. Esta circular modificaba el procedimiento anterior que obligaba a las alumnas en esta situación a matricularse en una escuela nocturna. Se buscaba con esta medida garantizar su derecho a la educación y contribuir a que permanecieran en el sistema escolar.

El nuevo procedimiento estableció que las estudiantes en situación de embarazo y/o maternidad podrían continuar sus estudios en el establecimiento al que pertenecían, en calidad de alumnas regulares.

En el año 2000 la ley N° 19.688 incorporó a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) un nuevo inciso que establece que: “ El embarazo y la maternidad no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso”. De esta manera, queda garantizado por ley que ningún establecimiento de educación, cualquiera sea su nivel, podrá negar el ingreso, permanencia y el normal progreso de una embarazada o madre lactante en el sistema educacional, debiéndose otorgar la protección y facilidades apropiadas a su estado.

En el año 2004 se incorporó a la LOCE una norma que sanciona con multas de hasta 50 UTM, pudiendo doblarse en caso de reincidencia a aquellos sostenedores que no den cumplimiento a la obligación señalada anteriormente.

En el año 2005 se aprobó el reglamento para estudiantes en situación de embarazo y/o maternidad el que establece claramente los derechos de las alumnas madres y/o embarazadas que asisten a los establecimientos educacionales del país.