Resguardo de Derechos
Embarazadas
Todos los niños, niñas y jóvenes de nuestro país tienen derecho a la educación. Las alumnas madres y embarazadas también.
El nuevo reglamento busca resguardar este derecho y evitar cualquier forma de discriminación.
En esta sección usted podrá conocer el Reglamento (Word) sobre alumnas madres o embarazadas, la Ley N° 19.688/2000, que norma esta materia y una reseña histórica referida a los principales hitos sobre el resguardo de los derechos educacionales de las estudiantes embarazadas.
Garantizar 12 años de escolaridad para las estudiantes madres y embarazadas significa también mejores oportunidades para sus hijos e hijas.
Preguntas Frecuentes
- ¿Puede un establecimiento negarle la matrícula a una alumna por estar embarazada o ser madre?
- ¿Qué facilidades debe entregar el establecimiento a las alumnas embarazadas y madres?
- ¿Puede un establecimiento impedir que una alumna embarazada siga asistiendo a clases?
- ¿Puede el establecimiento definir un periodo prenatal y postnatal para las alumnas madres y embarazadas?
- ¿Puede un establecimiento impedir que una alumna embarazada o madre participe de la ceremonia de graduación o sea parte del centro de alumnos?
- ¿Las alumnas embarazadas están cubiertas por el seguro escolar?
1. ¿Puede un establecimiento negarle la matrícula a una alumna por estar embarazada o ser madre?
No, el embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar
y permanecer en los establecimientos educacionales, y estos deberán otorgar
facilidades para cada caso. (Ley Nº 18962 LOCE, art.2º inciso tercero
y final). Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y a permanecer
en la educación básica y media, están reglamentadas en
el Decreto 79/marzo del 2004 que regula el estatuto de las alumnas en situación
de embarazo y maternidad.
Importante: El colegio puede ser sancionado vía proceso LOCE hasta con
una multa de 50 UTM si infringe la normativa anterior.
2. ¿Qué facilidades debe entregar el establecimiento a las alumnas embarazadas y madres?
- Facilidades académicas para asistir regularmente al control prenatal, postparto y los que requiera el lactante, en el establecimiento de salud correspondiente.
- Facilidades en la evaluación. Apoyos pedagógicos especiales y un calendario flexible que les permita rendir todas las pruebas.
- Facilidades en la exigencia de asistencia. Podrán ser promovidas con una asistencia menor al 85% cuando sus ausencias sean justificadas por los médicos tratantes.
- Facilidades para amamantar a sus hijos(as).
3. ¿Puede un establecimiento impedir que una alumna embarazada siga asistiendo a clases?
No. Algunos establecimientos “proponen” a los padres que la alumna
deje de asistir a clases y que sólo lo haga para rendir las pruebas.
Sin embargo, esta alternativa, cuando no se funda en razones médicas,
es discriminatoria ya que margina a la adolescente del normal proceso educativo
y estimula su deserción escolar.
La alumna tiene el derecho a asistir regularmente a clases, dentro de su misma
jornada y curso. Cualquier cambio a esta situación se definirá
en función de un informe del médico tratante.
4. ¿Puede el establecimiento definir un periodo prenatal y postnatal para las alumnas madres y embarazadas?
No. Las alumnas embarazadas y madres tienen derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta clases después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé.
Subir5. ¿Puede un establecimiento impedir que una alumna embarazada o madre participe de la ceremonia de graduación o sea parte del centro de alumnos?
No. Las alumnas madres o embarazadas tienen el mismo derecho que los otros estudiantes a participar de la ceremonia de graduación y a participar en organizaciones estudiantiles, así como en cualquier ceremonia que se realice en la que participen los demás alumnos y alumnas.
Subir6. ¿Las alumnas embarazadas están cubiertas por el seguro escolar?
Si, las alumnas embarazadas que sufran un accidente al interior del establecimiento o en el trayecto desde y hacia su domicilio estarán cubiertas por el seguro escolar.